ALBERDI ABOGADO
Por ADOLFO CAMPOS FILLOL*
El 19 de diciembre de 1958 la junta de gobierno de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, aprobó por unanimidad el despacho de una comisión especial integrada por los Dres. Eduardo García Araoz, Luis A. Rassol y Policarpo Yurrebaso Viale, que aconsejaba consagrar como “”Día del Abogado”” para todo el país, el 29 de agosto de cada año, fecha en que naciera el insigne Juan Bautista Alberdi, recomendándose a los Colegios federados la colocación en su sede del retrato del constitucionalista como consagración a su memoria y ejemplo de virtudes republicanas y democráticas. Como expresó en una oportunidad en vibrante mensaje de adhesión el Dr. José Antonio González “que era necesario que los abogados argentinos tributaran un gran homenaje al ilustre autor de Las Bases que con su copiosa obra de publicista y jurisconsulto había esclarecido los problemas del país en la época en que le tocó vivir y que aún hoy conserva enseñanzas fundamentales para la convivencia pacífica. Bien está entonces que el 29 de agosto sea consagrado a su memoria y en ese día se congreguen todos los abogados del país mas que con un efímero motivo de camaradería a contraer el compromiso solemne de luchar por el imperio del derecho, la justicia y la libertad”.-
La que antecede es, en prieta síntesis la razón de ser de uno de los tantos “”días de o del”” que con distintas finalidades e intencionalidades se han instituido en el país.-
Pero como en el caso la conmemoración está asociada con el hombre que se venera por haber sido uno de los pensadores que con mayor clarividencia estableció la estructura que debía observarse en la organización constitucional del país a fin de que el intento que se estaba por llevar a cabo en la Ciudad de Santa Fe en el año 1853 como consecuencia del Tratado de San Nicolás que así lo disponía no fracasara, nos proponemos esclarecer uno de los puntos que aparecen como poco difundidos de la vida del prócer, cuando no se omite directamente dándolo como sobreentendido o bien se incurre en equívocos que revelan la poca información de sus autores.-
Nos referimos a las circunstancias que rodearon el acceso al título universitario de quién ha sido ungido como paradigma de la profesión de abogado al fijar la fecha de su natalicio como ocasión propicia para efectuar una serie de actos que tienen que ver con todos quienes hacen de ella con nobleza y sacrificio su actividad habitual.-
Para ello consideramos necesario aclarar “ab initio”, que, aunque parezca paradójico, el aludido nunca se recibió de abogado ni ejerció jamás dicha profesión en nuestro país.-
Tengo por seguro que tan rotunda afirmación habrá de sorprender a mas de uno de los lectores de estas líneas, por lo que pasaremos a ocuparnos de los pormenores que avalan lo anteriormente sostenido, lo cual por cierto no es un secreto ni mucho menos para todos quienes se hayan preocupado por indagar en la vida, en muchos puntos misteriosa, atrayente y polémica del personaje de que se trata.-
En cuanto al tema que motiva nuestra reflexión habrá que dejar sentado que los biógrafos del mencionado lo enfocan de distintas maneras, por cuanto hay quienes hacen del mismo un detallado estudio en tanto otros lo pasan por alto o ni siquiera lo mencionan, cuando no lo dan como “estudiando en Buenos Aires y recibiendo su título en Córdoba”, o en la Universidad de Buenos Aires, lo que constituye un palmario error.-
Sabemos que Alberdi nació en San Miguel de Tucumán, “con la patria” pues lo hizo en el día y mes ya mencionado del año 1810, quedando huérfano de su madre Da. Josefa Rosa de Araoz y Valderrama, a los siete meses como consecuencia de las complicaciones que le sobrevinieran con posterioridad al parto, y unos años mas tarde, el 2 de Marzo 1821 perdía a su padre don Salvador Alberdi, prospero comerciante del lugar, como consecuencia de una súbita indisposición sufrida en el acto en que su pariente político don Bernabé Araoz asumía el poder provincial con el pomposo título de “Presidente de la República del Tucumán”, con el uso de facultades extraordinarias.-
Queda Juan Bautista a los diez años al cuidado de sus hermanos Felipe y Tránsito quienes decidieron aprovechar la oportunidad que les brindaba un decreto del gobernador de Buenos Aires, General Martín Rodríguez y de su ministro de gobierno Bernardino Rivadavia, fechado el 2 de enero de 1823 disponiendo costear la educación de seis jóvenes provincianos en la Escuela de Ciencias Morales y luego en la Universidad que ellos mismos crearan en el año de 1821, con la colaboración del presbítero Antonio Sáenz que fuera su primer Rector.-
El gobernador tucumano, por entonces Javier López, se dirigía a su par de Buenos Aires que en ese momento era el General Juan Gregorio de las Heras dándole cuenta de la aceptación de la beca y haciéndole saber que propone para la misma “al joven don Juan Bautista Alberdi, hijo de una de las primeras familias de este pueblo y digno de la protección del excmo. Gobierno de Buenos Aires y recomendación particular del de Tucumán, por su disposición para conseguir un aprovechamiento en cualquier ciencia a que se le destine”.-
Su hermano Felipe lo manda entonces en una tropa de carretas con destino a Buenos Aires, cuando no había cumplido 14 años, demorando dos meses en llegar, siendo recibido por su primo Jesús María Araoz, e ingresando como interno al Colegio el 3 de Agosto de 1824.-
El Colegio de Ciencias Morales se había establecido en el año 1818 con el nombre de Unión del Sud en predios que habían pertenecido a la expulsada Compañía de Jesús. Lindaba con la iglesia de San Ignacio levantada por la orden mencionada sobre la calle Bolívar y contaba ese año con 108 alumnos, siendo su rector por entonces don Miguel de Belgrano, reemplazado en 1825 por Manuel Irigoyen.-
Como la disciplina era férrea para los internos quienes eran sometidos por sus faltas a duros castigos le costó mucho al novel estudiante provinciano adaptarse a tales rigores, por lo que pronto se dirigió a su hermano pidiéndole que lo eximiera del insoportable suplicio que el mismo significaba, en lo que aquel consintió enviando al efecto una nota al Rector solicitando la orden que permitiera retirarlo del instituto.-
Este úúltimo a su vez notificó la decisión al gobernador exponiendo “que el joven Juan Bautista Alberdi ha manifestado desde que se halla en este colegio a mi cargo una aversión sin límites a los estudios y no creo que la violencia que experimenta la causen las enfermedades de que se habla, aunque no se las ha notado: mas, vista su repugnancia no interrumpida, o mas bien su obstinación a no aplicarse mas que a la música, cosa que no es posible enseñar aquí exclusivamente, llego a persuadirme íntimamente, que a este establecimiento reportaría ventajas inequívocas, si V.S. se digna acceder al permiso que se solicita”.-
En su “AUTOBIOGRAFIA", que revela aspectos de su vida “contada en familia" publicada entre sus “Escritos Póstumos” él mismo nos cuenta que "después de ese viaje y de la vida que había llevado en Tucumán…me fue imposible soportar la disciplina del Colegio de Ciencias Morales. Alarmado de mi sufrimiento mi hermano consintió en sacarme del colegio y colocarme, según mi deseo, en la casa de comercio de un amigo nuestro, don J.B. Maldes, que había sido dependiente de mi padre en Tucumán y tenía para mi los miramientos de un hermano”.-
Como la casa comercial quedaba en frente del colegio el aprendiz de comerciante confiesa que “veía salir en cuerpo diariamente a mis ex colegas por tener sus cursos en la Universidad. Sin esta tentación peligrosa, yo hubiese quedado tal vez definitivamente en la carrera del comercio, y sido mas feliz [de lo que] he podido serlo en otra”.-
En ese interregno se dió con pasión a la lectura de la obra ““Las ruinas de Palmira”, de Volney y confesaría “la melancolía seria de esa lectura tenía un encanto indefinible para mi. Durante la guerra del Brasil, en mas de una ocasión en que se oían los cañonazos de los combates tenidos en las aguas del Plata, leía yo con doble ardor las Ruinas, que son resultados de las guerras”. Nada hacía presagiar que muchos años después escribiría una obra en la que se patentiza su aversión a la solución de conflictos por la vía bélica titulada “El crimen de la guerra”, motivada por su posición crítica a la decisión de Mitre de dirimir diferencias con el Paraguay recurriendo a la fuerza de las armas.-
También nos revela que dialogando con un primo hermano suyo, Jesús María Araoz, que lo visitaba con frecuencia, dialogaban sobre su afición a la lectura y su abandono del colegio, a quién confesó su arrepentimiento por su decisión de abandonar el claustro, visto lo cual su pariente habló del tema con don Alejandro Heredia diputado por Tucumán en el Congreso Nacional convocado por Rivadavia en 1824, y con Florencio Varela empleado importante del ministerio rivadaviano, quien recibió el encargo de Heredia de procurar el restablecimiento de la beca, gracias a cuyo apoyo consiguió su cometido.-
Como resultado de dichas gestiones, el propio Alberdi presentó su solicitud de reincorporación y el 4 de Julio de 1827, previo informe del rector, Manuel Irigoyen, el ministro Julián Segundo de Aguero ordena su reincorporación, en momentos en que Rivadavia había renunciado y se disponía a dejar el gobierno nacional, al que había accedido en virtud de la “ “Ley de presidencia””, sancionada por el congreso constituyente ya mencionado, que aprobara posteriormente la constitución unitaria de 1826.-
Se incorporó entonces al departamento de estudios preparatorios en el que se cursaba matemáticas, física, inglés, francés, latín y filosofía. Esta última materia a cargo de Diego Alcorta, joven médico de veinticinco años de edad quién causara una indeleble influencia en cuanto a su trato y a las doctrinas que explicaba y compartía con sus alumnos, cosa que estos se encargaron de remarcar en cada ocasión que tuvieron. En esa época Alberdi se hizo amigo inseparable de Miguel Cané, su compañero de banco, quien lo inició en la lectura de Russeau a través de su obra Julia” (o "La Nueva Eloisa) “que mantuvo mi alma por mas de cuatro años inundada de dulces ilusiones”. Luego de lo cual fascinado por el autor accedió a otras obras como, el “Emilio” y su mas conocido “Contrato Social”.-
En el invierno de 1830, ya instalado Juan Manuel de Rosas como gobernador, un decreto suscripto por Juan Ramón González Balcarce y Tomás Manuel de Anchorena ordenó el cierre del internado del colegio el día 31 de diciembre “por ser incompatible su permanencia con las urgentes atenciones del erario público de esta provincia y por no corresponder sus ventajas a las erogaciones que causa”.-
En tan difícil circunstancia Miguel Cané lleva a su joven amigo a vivir al hogar de su abuelo don Mariano Andrade, en la casa solariega de la “calle de la biblioteca” (actual esquina de Moreno y Balcarce), que daba a los fondos de la iglesia de San Francisco y lindaba con la casa de Expósitos y el almacén de Sáenz Valiente, en pleno corazón del barrio sur que constituía por entonces el barrio elegante de la aristocracia porteña.-
Pudo así concluir sus estudios preparatorios en 1831 y a principios del siguiente año ingresar en el primer curso de jurisprudencia, departamento de la novel universidad que es el antecedente inmediato de lo que, con el correr de los años, sería la facultad de derecho, en el cual se cursaban las materias de derecho natural y de gentes y de derecho civil, por entonces reunidas en una sola cátedra a cargo del profesor Rafael Casagemas “cuyo dialecto mezcla de catalán y español requería no poco tiempo para comprenderlo y ninguno para notar la pobreza jurídica o el desdén por la ciencia y el profesorado de manera que a falta de un profesor argentino, fue necesario contentarse con un catalán, de profesión librero, dueño de la antigua librería frente a la Catedral” (López, ““Memoria de mi tiempo,” pag.13; id. Autobiografía, pag.341).-
El derecho civil se enseñaba en los apuntes de Pedro Somellera, mientras éste estuvo al frente de la cátedra y luego en el tratado de José María Alvarez, profesor de la Universidad de Guatemala en una reedición anotada por Vélez Sarsfield, según el texto de Heineccio. El derecho de gentes fue enseñado por medio de los apuntes de Antonio Saenz primer rector de la Universidad y catedrático de la materia y luego por las obras de Rayneval (“Instituciones..”) y Jouffroy (“Curso de Derecho Natural”).-
Por su parte el Derecho Canónico, que constituía el otro pilar de la carrera, aun cuando el alumno podía elegir el doctorarse en uno o ambos derechos, estaba a cargo del presbítero José León Banegas, quien se guiaba en sus lecciones por la obra de Gmeiner (“Instituciones…).-
Era necesario cursar en esa época tres años de teoría en las materias referidas para graduarse de bachiller en leyes y poder optar luego de tesis y oposiciones al título de doctor. Pero ello no era suficiente para poder ejercer la profesión por cuanto para recibir el título de abogado, requeríase cursar otros tres años de práctica en la Academia de Jurisprudencia, para lo cual se exigía aprobar un ingreso que debía tramitarse mediante expediente ante el Tribunal de Justicia quién debía aprobarlo para autorizar la iniciación del postulante como “practicante” en la citada institución.-
Alberdi, que había demostrado ser un estudiante desaplicado y reacio a la disciplina, tanto escolar como universitaria y que había seguido sus cursos de un manera discontinua, según él mismo lo confiesa, hacia 1834 se inscribió en el tercer año de jurisprudencia, pero ese curso no lo terminó abandonando definitivamente sus estudios jurídicos en esta Universidad.-
Su actitud lleva a sus biógrafos a formular variadas conjeturas. Veamos primero que nos dice el propio interesado en sus ya aludidas páginas autobiográficas.-
Dice haber tenido mala salud, y que fracasados los intentos de mejorarla, el médico que lo trataba le aconsejó abandonar sus lecturas habituales y despejar su mente concurriendo a los paseos y bailes de la sociedad porteña, a lo que acota el interesado "ese fue el origen de de mi vida frívola en Buenos Aires, que me hizo pasar por estudiante desaplicado...."
Dice haber tenido mala salud, y que fracasados los intentos de mejorarla, el médico que lo trataba le aconsejó abandonar sus lecturas habituales y despejar su mente concurriendo a los paseos y bailes de la sociedad porteña, a lo que acota el interesado "ese fue el origen de de mi vida frívola en Buenos Aires, que me hizo pasar por estudiante desaplicado...."
En ellas además encontramos la siguiente revelación en referencia a su carrera: “con el doble objeto de anticipar su terminación y de visitar a mi familia, hice en 1834 un viaje a Córdoba y a Tucumán. Había consumido ya muchos años de mi vida en las escuelas y yo presentía que se podía obtener el mismo resultado en menos tiempo……Yo estuve en Córdoba desde Abril hasta Junio de 1834 con el objeto de tomar un grado universitario que me fue concedido previo examen del tercer año de derecho, que me faltó hacer en Buenos Aires…”.-
Vale decir que en un idioma actual había decidido rendir libre el tercer año de la parte teórica de la carrera para lo cual resolvió dirigirse a Córdoba con el deliberado designio de hacerlo sin realizar los cursos correspondientes y rindiendo directamente el examen final según el programa que se utilizaba en Buenos Aires cosa que importaba una irregularidad que, como veremos, fue obviada mediante el uso de poderosas influencias.-
No queda del todo claro cual fue el verdadero motivo de dicha decisión ya que “acortar la carrera” en un año, quedando pendiente el cursado de los tres correspondientes a la academia de práctica forense no podía ser demasiado significativo, cuando ya el candidato había perdido mucho tiempo en otros menesteres y como se verá luego tampoco terminaría aquellos cursos.-
Para lograr su objeto se valió en principio de la influencia de su mentor Alejandro Heredia, por entonces gobernador en Tucumán, quien dirigió una nota a su similar de Córdoba José Antonio Reynafé, fechada el 21 de enero de 1834 en la cual presentaba el caso de su protegido en estos términos: "mi digno amigo, me veo en la precisa necesidad de ocupar nuevamente su atención recomendando con eficacia a un joven digno de toda consideración por sus cualidades personales, talento y aprovechamiento en varios ramos de la literatura...no ha podido realizar su examen con anticipación porque lo obstan los estatutos de aquella universidad (se refiere al cursado obligatorio de las materias que se exigía en Buenos Aires)...mi empeño se reduce a que influya usted a que se confiera el grado de bachiller en leyes para que pueda entrar en la práctica...y en el caso que...se necesite el curso de tres años espero de su amistad que se le admita el examen del tercero y le confiera el grado. Este joven corre bajo mi inmediata protección, y si no tuviera una evidencia de sus distinguidos talentos, no sería capaz de comprometer su mediación".-
Alberdi contaba con un certificado expedido por el rector de la Universidad de Buenos Aires, don Paulino Gari, en el que se dejaba constancia de que había concluido sus estudios preparatorios y que además había rendido los exámenes de primero y segundo año de la facultad mayor de jurisprudencia, y tanto en unos como en otros había sido aprobado, mereciendo la distinguida y honrosa calificación de sobresaliente en las pruebas de primero y segundo año de filosofía. Con dichos respaldos el interesado se presentó al gobierno cordobés el 14 de Abril por nota en la que manifiesta: “destinado desde mis primeros años por mis padres a la carrera literaria, fui costeado a la de Bs.As. donde he seguido cursos y constan por el certificado que en debida forma presento, la aprobación de los cuatro años de filosofía y dos de Derecho Civil. Por lo que hallándome en próxima aptitud de desempeñar el tercer año de esta facultad, ha sobrevenido que menguándose sobremanera los bienes de fortuna que costeaban mi subsistencia y por otra parte serme demasiado perjudicial a mi salud aquella temperatura, me ha sido preciso para recoger con fruto el trabajo de mis tareas aproximarme a esta Universidad Mayor. Mas como en ésta su plantel de estudios sea distinto del que dirige aquella Universidad, me es preciso ocurrir a la generosa magnanimidad de este Superior Gobierno, para que, sirviéndose tener por aprobados los cursos, funciones y demás exámenes que he prestado y consta haber desempeñado en aquella Universidad, como siempre se acostumbró por ésta reconocerlos por justos y legales, se digne V.E. favorecer mi solicitud agraciándome para que pueda prestar en esta Universidad el examen y demás funciones correspondientes al tercer año de derecho civil”.-
La petición mereció la siguiente respuesta aprobatoria suscripta por el gobernador delegado y su ministro Domingo Aguirre, reflejada en un oficio dirigido al “Ilustre Claustro de Universidad Mayor de San Carlos”, ordenándole acceder al pedido del estudiante en la siguiente forma: “visto el documento que se acompaña, razones poderosas y justificados motivos que valorizan la solicitud…hacen que este Superior Gobierno por otras muy atendibles consideraciones que…pueden en un sentido recíproco causar y rectificar la mayor armonía que religiosamente deben procurarse las provincias de la Unión…ha venido a mandar como de facto ordena que el suplicante don Juan Bautista Alberdi, reconociéndosele los cursos y darle por aprobado los exámenes que aparecen en el certificado que presenta…pueda desempeñar el examen del tercer año de Derecho Civil….”
Como se ha visto el interesado no solo alegó razones de celeridad, sino también de salud y de escasez de medios económicos, lo que no deja de ser contradictorio habida cuenta que luego continuaría por un prolongado tiempo sus estudios en la Academia de Buenos Aires, obteniendo los medios necesarios para su subsistencia, como se verá mas adelante.-
Frente a tales avatares no faltó quien insinuara que "para aprobar el tercero y decisivo año de teoría encontró dificultades en la Universidad de Buenos Aires", y que "intentó superarlas trasladándose a la de Córdoba, y al efecto fue portador de una persuasiva recomendación u orden de don Alejandro Heredia” (conf. Juan Pablo Oliver, "El verdadero Alberdi", Biblioteca Dictio, vol.3, pag.43) aún cuando el autor no especifica en forma concreta el tenor de las "dificultades" cuya existencia insinúa.-
Pero la recomendación también se extendió al tribunal que debía examinarlo, por cuanto en su memoria nuestro estudiante relata sin ambages que "la víspera de mi examen me paseaba en los alrededores de la ciudad con un profesor a quién había sido recomendado personalmente", añadiendo que este último le preguntó en el marco de la mas estricta reserva cuales eran los puntos sobre los que desearía ser interrogado en la prueba que debía rendir, a lo cual respondió "pídame usted que repita el libro entero de la materia de mi examen", con lo que sorprendió a su interlocutor, a quien explicó luego de llegado a su casa los motivos de la respuesta, mostrándole un cuadro sinóptico que había preparado en base al tercer libro de derecho, "para servirme de el como de una carta de navegación en el curso del examen...entonces comprendió la ventaja de los métodos modernos que se enseñaban en la Universidad de Buenos Aires".-
En tales condiciones rindió la prueba requerida el 9 de mayo, sobre cuyo resultado no existen constancias, pero que la opinión mayoritaria considera aprobado sin dificultad, teniendo en cuenta que el día 16 el gobernador Reynafé ordenó al rector Baigorri que lo dispensara de seguir el curso de práctica y le confiriera el grado de bachiller en derecho civil "a que se ha hecho acreedor", dispensa que le fue concedida.-
Efectuada la ceremonia de colación de grados el día 24 de julio el rector le confirió el título en un acto que presenció su amigo Marco Avellaneda, quien se encontraba de paso para Tucumán, este le expresó al salir, según nos relata el propio graduado en lo que califica como "broma espiritual": "feliz de usted que ha prestado su juramento en mal latín, lo cual deja su conciencia en toda su libertad".-
Debe quedar en claro entonces que el título de bachiller recibido en Córdoba, si bien existió, no fue el de abogado, ni confería la facultad de ejercer la profesión en aquellos sitios donde se llevaba, una matrícula de profesionales habilitados para cumplir con dicho cometido, por cuanto para ello se requería ademàs de las teòricas, la aprobación de los tres años del curso de práctica que dictaba en tales lugares la academia de practicantes juristas o bien una pasantía en un estudio de abogado reconocido, debidamente certificada.-
Así las cosas en el mes de Julio el flamante bachiller continuó su viaje en lo que constituiría su última visita a su provincia natal que lo recibió con los honores que se dispensan a un hijo dilecto, tanto por sus numerosos parientes, como por su protector, Alejandro Heredia, que por entonces ejercía la gobernación.-
Dispuso entonces este último expedir un decreto habilitando al visitante para ejercer la abogacía, al par que le ofrecía un cargo de diputado en la legislatura y le proponía realizar una misión diplomática pacificadora ante el gobernador de Salta.-
Sobre estos hechos nos comenta su protagonista: "un decreto me autorizó para ejercer la profesión de abogado en Tucumán. Pero yo no era abogado a pesar de ese decreto, que no podía hacer las veces de la Academia de Jurisprudencia que me faltaba frecuentar en Buenos Aires. Por ese motivo y por otros que voy a decir, solo quedé un mes en Tucumán".-
Explica luego que aquellos "otros motivos" tenían que ver con su intención de eludir los compromisos políticos en que se lo trataba de involucrar, porque interrumpían su carrera, la cual ansiaba continuar en Buenos Aires, ciudad a la que regresó en el mes de noviembre de l834, luego de finiquitar trámites vinculados con la sucesión de su padre.-
De lo antedicho se desprende claramente que la intención no era el ejercicio de la profesión en su provincia natal, donde podría haberlo verificado sin dificultades pero cabe deducir que al no advertir posibilidades de progreso en ese ámbito territorial y que tampoco le interesaba dedicarse a la política deseaba ser abogado con todos los requisitos necesarios en Buenos Aires, donde avizoraba la posibilidad de obtener metas mas importantes.-
Para cerrar este capítulo he creído oportuno tomar en consideración ciertos párrafos de una conferencia pronunciada en homenaje a los 150 años de la Constitución Argentina por el abogado e historiador Alejandro Damianovich en el Colegio de Abogados de Santa Fe, quién es esa ocasión disertó sobre el tema "Abogacía y abogados en la época de la Constitución Nacional" (para acceder al texto completo ver “Bibliografía”), entendiendo que los mismos aclararan algunas particularidades que justifican en cierta forma el modo de proceder de los protagonistas de esta historia, aunque no cabe soslayar el indudable uso de la influencia política con que contaba Alberdi, y que a nuestro parecer fue determinante para su traslado a Córdoba a fin de soslayar el trámite legal del cursado obligatorio de las materias correspondientes al tercer año de la carrera de derecho, mas allá de que no cabe descartar la posibilidad que pudiera haber tenido "dificultades" para continuar sus estudios en la Universidad de Buenos Aires e intentara superarlas de esa manera.-
Nos informa el disertante que en las épocas anteriores a la Constitución, en especial en las provincias, los letrados escaseaban y ocupaban cargos de ministros o jueces, pero no litigaban, sino que era común que esta tarea la realizaran personas sin formación jurídica, que gozaban del respeto de sus conciudadanos y que, llegado el caso, apelaban al asesoramiento de un letrado.-
Agrega que no todo letrado era abogado, pues ese título solo lo obtenía el que después de haberse graduado y desarrollado una práctica de al menos tres años se presentaba ante los tribunales y las Cámaras que se habían fijado para ser examinado y era en virtud de esas pruebas y de sus antecedentes universitarios que podía acceder a la matriculación, en aquellos lugares donde la misma era reglamentaria, siendo lo común hasta la década de1860 que la mayoría de las provincias no tuvieran dicho registro, ejerciendo de hecho la profesión quienes estaban habituados y familiarizados con los trámites, sin poseer título alguno.-
Es por ello que, advirtiendo esta situación, el gobierno de la Confederación emite un decreto, que luego es ratificado por ley, por el cual se dispone conceder títulos de abogados a aquellas personas que pudieran acreditar en las provincias un largo ejercicio en los menesteres judiciales, y mejor aún si poseían estudios de derecho, aunque fueran incompletos, lo cual hubiera sin duda legitimado a Alberdi si hubiera decidido hacer uso del nombramiento por decreto que a su favor había expedido Heredia.-
A ello se puede agregar la opinión de Cabral Texo, en su documentada noticia preliminar a la edición facsimilar del "Fragmento" alberdiano, única obra de contenido netamente jurídico que escribiera en el país y de la que luego nos ocuparemos.-
El autor citado da cuenta de que "las dispensas por razón de tiempo o forma de cursar los estudios y rendir exámenes universitarios fueron moneda corriente bajo el régimen de los antiguos planes de estudio, como lo pone de relieve el decreto nacional del 23 de octubre de 1868, al establecer en el artículo 1º, que el otorgamiento de favores y dispensas de carácter universitario correrán en lo sucesivo en la Universidad Mayor de San Carlos por cuenta de su claustro", materia que luego se aclara por medio de otra disposición del 8 de febrero de 1870 que determinaba cuales serían las excepciones que deberían acordarse.-
No obstante lo antedicho, lo cierto es que según los planes de estudio vigentes en las Universidades existentes por entonces, la condición de abogado se obtenía a través de la graduación universitaria y la práctica profesional. Para llenar este último requisito existían las llamadas "academias de jurisprudencia", una antigua institución que tiene su origen en España a principios del S XVIII y que se traslada a América, siendo creada la de Buenos Aires en 1815, es decir con antelación a la instalación de su universidad, en 1821.-
Dichas instituciones conformaban un ámbito donde el graduado universitario que había aprobado la parte teórica de la carrera, obteniendo el título de bachiller o doctor, podía cursar la parte práctica y perfeccionarse a fin de rendir la prueba habilitante final ante la Cámara de Apelaciones que confería la matriculación que facultaba para abogar ante la misma, pudiendo en algunos casos suplirse con una práctica acreditada en estudios de abogados reconocidos, que debía ser certificada.-
No es menos cierto, como lo asevera Damianovich, que se obtenían habilitaciones para ejercer la abogacía a veces sin que el interesado hubiera pasado por los tribunales, en tanto las leyes establecían que "podrán ejercer...aquellos que tengan la matrícula de abogados en otra provincia, siempre que haya sido expedida por tribunales letrados", lo cual originaba que viniesen personas no letradas de otras jurisdicciones munidas de una certificación de dicho tenor, y fueran admitidos en la matrícula.-
Apunta Cabral Texo (op.cit.) que estas exenciones que tanto disonarían hoy, no eran entonces consideradas como odiosas, y así cita a los Dres. Piñero y Bidau, quienes en su "Historia de la Universidad" (pag.59) afirman que era común que los estudiantes obtuvieran permiso a fin de rendir exámenes universitarios apartándose de las disposiciones estatutarias, citando como caso paradigmático el de Dalmacio Velez Sarsfield, graduado de bachiller en ambos derechos en la Universidad de Córdoba, quién solicitó ante las autoridades gubernamentales se le dispensara del tiempo que le faltaba de práctica para rendir examen de abogado, que era de tres meses, a lo cual se accedió, previo dictámen del procurador fiscal.-
Se agrega allí que el mismo reglamento para la colación de grados de la universidad bonaerense del 21 de junio de 1827 facultaba a las autoridades docentes para prescindir de los requisitos dispuestos para la concesión de grados universitarios.-
Siguiendo entonces el plan que había decidido adelantar con su bachillerato obtenido en Córdoba, Alberdi vuelve a Buenos Aires, al parecer dispuesto de firme a continuar sus estudios, según admitiera para no aceptar las propuestas que le formularan en su provincia natal, lo cual se concreta al constatarse en los libros de actas de la academia porteña que el 11 de Agosto de 1835 en sesión extraordinaria el bachiller en derecho mencionado, cuyo título lo había logrado en Córdoba, empezó su examen de ingreso de aspirante académico volcando al castellano un párrafo en latín que le señalara el vicepresidente, en la obra titulada "Praxis eclesiástica", de Paz. Después leyó una disertación que había preparado sobre "usufructo", que había sido uno de los tres temas que el día anterior había sacado a la suerte al hacer la "picata" en la Instituta de Justiniano. Asimismo en la sesión ordinaria del 29 de Noviembre expuso sobre el testamento y el 16 de Diciembre disertó sobre el tema "a los extranjeros no puede prohibírseles con justicia que se casen con las hijas del país".-
Cabe señalar que las constituciones por las cuales se regía la academia establecían que "nadie podía oír práctica en los estrados de la Cámara de Apelaciones sin haber ingresado… en clase de socio practicante, ni recibirse de abogado sin haber cumplido el tiempo de tres años de asistencia continua, y probado su idoneidad dando dos exámenes, el primero de teórica y el segundo de práctica forense".-
Para ingresar a la misma el pretendiente presentaba los documentos de su identidad personal y el título de su grado de doctor, licenciado o bachiller en derecho civil, sometiéndose a la prueba o examen correspondiente. Si del expediente resultare digno de ser admitido, el Director proveerá auto señalando día para el examen literario y si fuera aprobado, pasaba a ser académico practicante, "pronunciando una brevísima oración gratulatoria".-
Por otra parte se realizaban "juntas" (reuniones) ordinarias mensuales y las otras extraordinarias que la autoridad señalase:
Las primeras versarían sobre ejercicio de las materias teóricas y prácticas alternativamente, estando las primeras dedicadas a la explicación de las leyes, de sus mejores glosadores y de las cuestiones de derecho que podían promoverse. Los ejercicios prácticos se concretaban en cambio a tratar la forma, ordenación y trámite de los juicios forenses según los buenos autores, como también a sustanciar, dirigir y terminar las causas civiles y criminales que se repartían entre los académicos, señalando el Director entre los practicantes, los roles que debían desempeñar.-
Las sesiones mensuales estaban destinadas a las disertaciones sobre materias de derecho público y otros temas que se distribuían por orden de antiguedad entre los académicos. El disertante leía su memoria en castellano y tenía que contestar dos réplicas. Las "juntas" extraordinarias se celebraban para tomar los exámenes de ingreso e incorporación a la academia y para los de práctica a la conclusión.-
Vencido el tiempo de tres años, para salir de la clase de practicante e incorporarse a la profesión de abogados, los cursantes debían rendir dos exámenes: el primero de teórica y el segundo de práctica forense.-
Para el primero, el examinando tomaba puntos en alguno de los Códigos de Leyes con término de tres días produciendo una disertación sobre la que le tocare en suerte, absolviendo en seguida las preguntas sueltas que podía hacerle toda la academia. Para la prueba restante, el postulante debía concurrir a las oficinas de la Cámara para que se le entregara un cuerpo de autos sin sentencia. Lo extractaba, fundaba en latín o castellano las razones de derecho que favorecieran a una u otra parte y proponía la sentencia que en su juicio correspondiere, respondiendo también a las preguntas sobre puntos prácticos de derecho. Obtenida la aprobación por pluralidad de sufragios, el secretario entregaba al interesado la certificación de su mérito y con ella podía solicitarse ante el Tribunal la inscripción en la matrícula de abogados, cuyo contralor estaba a cargo del mismo.-
Como vemos, salvo el ingreso y las dos disertaciones apuntadas no se registra ninguna otra actividad académica de Alberdi que justificara el apuro que lo había llevado a graduarse en Córdoba.-
En sus memorias encontramos una anotación que consideramos relevante, en la que expresaba que "mientras proseguía mis estudios de jurisprudencia en la academia de Buenos Aires, me asocié como comanditario, primero a mi amigo y paisano don Avelino Alurralde, y mas tarde a don José Pringles para negocios mercantiles de tienda, con cuyos provechos me sostuve hasta que pasé a Montevideo, sin recibirme de abogado en Buenos Aires por no prestar el juramento que una ley exigía como requisito esencial de fidelidad al gobierno dictatorial del general Rosas" (conf. Cap.X).-
Asimismo confiesa que durante sus estudios de jurisprudencia, que no absorbían todo su tiempo, se daba también a estudios libres de derecho filosófico, de literatura y de materias políticas, tiempo en el cual contrajo estrecha relación "con dos ilustrísimos jóvenes que influyeron mucho en el curso ulterior de mis estudios y aficiones literarias: don Juan María Gutierrez y don Estéban Echeverría”.-
Consideramos que de lo antedicho se puede deducir que en el transcurso de esos años el interés del estudiante se dirigió hacia otros rumbos, como el comercial, las actividades sociales (era asiduo contertulio de las reuniones en lo de Mariquita Sanchez) y las del salon literario, que compartía con sus nuevos amigos, y que apadrinaba el librero Marcos Sastre y en cuyo acto inaugural, celebrado a mediados de junio de 1837, disertaron el mencionado, Gutierrez y Alberdi.-
La excusa o justificación intentada por el frustrado abogado relacionada con la existencia de un presunto juramento de fidelidad exigido por Rosas ha sido desvirtuada por los tratadistas, quienes han puesto de manifiesto sobre el particular que “el 2 de junio de 1835 el rector Paulino Gari, modelo y precursor de malos maestros cambió el juramento que debían prestar los estudiantes de “defender la libertad e independencia bajo el régimen representativo y republicano y único imperio de la ley”, por el de “defender la libertad e independencia del país bajo el régimen representativo y federal” (conf. Jorge M. Mayer, “Alberdi y su tiempo”, pag.126).-
Y agrega Cabral Texo: “Alberdi, que se caracterizó por sus numerosas contradicciones, en lo fundamental de la afirmación reseñada no fue veraz, pues como enseguida veremos, lo único cierto es que por el artículo 1º del Decreto de enero 27 de 1836, la Universidad de Buenos Aires no expediría títulos de médicos y abogados sin que previamente haya acreditado (el postulante) ante el gobierno y obtenido sobre ello la correspondiente declaración de haber sido sumiso y obediente a sus superiores en la Universidad sobre el curso de sus estudios y de haber sido y ser notoriamente adicto a la causa nacional de la federación”.-
Añade luego que: “ninguno de los jóvenes compañeros de los cursos…aun los que figuraron en la Asociación de Mayo (formada luego de la disolución del salón literario), mostraron tales escrúpulos, como ocurre en los casos entre otros de José Roque Perez, Carlos Tejedor y Vicente Fidel López, que se graduaron de abogados entre los años 1836 y 1839”.-
“La causa real por la cual…no se doctoró en la Universidad de Buenos Aires fue por su precario estado de salud y su falta de recursos, como lo consignara en su presentación de abril 14 de l834, hecha ante las autoridades universitarias de Córdoba”.-
Nos permitimos discrepar con dicha conclusión. Sobre su situación económica ya hemos visto que se había asociado a fin de dedicarse a “negocios de tienda” con los que confiesa haberse mantenido hasta que pasara a exilarse por propia decisión en Montevideo.-
Hacemos notar que en el Decreto mencionado no se exige juramento de fidelidad a persona alguna y que solo se pide lo que podríamos llamar un certificado de “buena conducta”” consistente en obtener una declaración de las autoridades de la universidad de sumisión y obediencia, que es lo que probablemente el interesado no pudiera conseguir, dados los antecedentes poco favorables que poseía en esa casa de estudios y de los “problemas” a que aludiera Oliver para justificar su presentación en Cordoba, lo que tambien pudiera estar originado en una eventual resistencia a declararse adicto a la causa de la federación o bien no poder probar dicho extremo, debiendo señalarse que en su proyecto de constitución adicionado a “Las Bases”, el sistema de gobierno establecido era aquel mismo representativo y republicano que la fórmula juramentaria exigía respetar y defender.-
El 23 de Noviembre de 1838 emprendió voluntariamente el camino del exilio luego de haber solicitado y obtenido su pasaporte sin dificultades, sin que tampoco queden muy claras las razones que lo movieron ausentarse del país, al que recién regresaría en 1879, en que con motivo de haber sido elegido diputado por su provincia al Congreso Nacional volvió por un breve lapso a Buenos Aires, para luego recluirse definitivamente en Francia, donde terminaría sus días.-
Algunos justifican su actitud en la presión ejercida por la “mazorca” sobre todos los integrantes de la joven generación que se había asociado secretamente luego de la clausura y liquidación del “salón literario”.-
“La Gaceta Mercantil”, (cit. por Mayer, pag.173) opinó que ““Alberdi no tuvo otra razón para salir de su patria como Frias, sino el extravagante deseo de singularizarse de algún modo. Toda la juventud ilustrada sabe que Alberdi desentendiéndose de los estudios a que debió dedicarse para formar su inteligencia y su corazón, se convirtió en un comentarista de Voltaire y pretendió extender aún más las doctrinas de Rousseau…viendo que no podría adquirir renombre en su patria, la abandonó voluntariamente y pasó a hacerse profeta en el extranjero”.-
El autor mencionado en la cita anterior dirá: “Miguel Cané y Andrés Lamas, secretario del general Rivera, que acababan de fundar “El Nacional” lo llamaban a Montevideo para colaborar en la nueva campaña. Bien visto en Palermo, con estrechas relaciones en los círculos oficiales, antes que prestar juramento prefirió expatriarse y propagar el “Código de la Nueva Argentina” (llamábase así a un documento que había expedido la juvenil asociación, luego conocido como ““Dogma Socialista””, donde ésta daba cuenta de su ideario y programa de acción).
Pelliza en su “Bibliografía” sobre Alberdi (pag.21/23) afirma que ello se debió a la embozada persecución de que era objeto por parte de los sicarios de Rosas. Aserto que es negado por Salvadores, quién sostiene que hasta la reacción producida contra la revolución declarada en el sur de la provincia por un grupo de hacendados (la llamada “de los libres del sur”), la vida ciudadana fue tolerable en Buenos Aires.-
Julio Irazusta dice que fue el triunfo de Rivera, corolario del bloqueo decretado por los franceses contra Rosas lo que habría decidido a Alberdi a emigrar.-
Oliver, por su parte justifica el hecho en una circunstancia personal de su vida íntima cual es la relación que mantuvo con Petrona Abadí Magan (Petronita), perteneciente a esferas sociales menos selectas con la que tuvo un hijo extramatrimonial a mediados de 1838, situación que estima lo suficientemente desvalorizante y desdorosa ante la sociedad de la época, factor que, juntamente con la indiferencia de Rosas a quién había dedicado párrafos laudatorios en el “Fragmento Preliminar”, y el asesinato de su protector Heredia lo habrían impulsado a tomar la decisión.-
Cabral Texo afirma que con motivo de la ”Declaración” el local del salón literario fue vejado por una serie de medidas policiales que determinaron su cierre y que entonces la asociación determinó que su credo fuera impreso para su mejor difusión en Montevideo, a cuyo efecto se encomendó la gestión del caso a Alberdi, lo cual se ve ratificado por el hecho de que entre su equipaje el viajero llevaba los originales de dicho documento, lo cual le causó no pocos temores al momento de embarcar sobre lo que podía acontecerle si los mismos eran descubiertos.-
Relata él mismo este hecho manifestando “me acompañaron hasta el muelle dos amigos, los señores Posadas y Echeverría. Sabían ellos que yo era portador de numerosa correspondencia y papeles de tal naturaleza que descubiertos por la policía no me hubiesen quedado un par de horas de vida. Desarmé la suspicacia de esa señora, abriendo yo mismo mi baúl para que lo visitase. Ya mis dos amigos me habían abrazado, se habían separado de mí y esperaban temblando, colocados a cierta distancia verme embarcado en el bote que debía llevarme al paquete (sic por el barco), como sucedió sin novedad. Antes de estar a una milla de la orilla…saqué del ojal de mi levita la divisa roja que a todos nos ponía el gobierno en ese tiempo y la eché al agua con algunas palabras bromistas, que dieron risa a los testigos. Mire usted que pueden verlo desde tierra y detener el bote me dijo el señor Balcarce, que era uno de los compañeros de embarcación. Entre los papeles que contenía mi baúl se encontraba el manuscrito inédito de esas profecías que sacaron a Frías, según el dice, del retiro inactivo que llevaba en el campo y pusieron a Marco Avellaneda y a tantos otros jóvenes amigos en la campaña que decidió sus destinos”.-
Entre todas estas opiniones esta última nos parece la mas coherente: la postura política tomada por la juventud del Salon Literario obligó a sus integrantes a emigrar por una cuestión de incompatibilidad ideológica con la conducción del gobierno que autoritariamente ejercía Juan Manuel de Rosas y Alberdi no fue la excepción, siendo además el encargado de la delicada misión de transportar su carta fundacional, que fuera denominada “Dogma Socialista” de la que surgían los ideales de la “Asociación de Mayo” hacia un lugar seguro donde reiniciaría sus actividades.-
El mismo Alberdi, en sus "Palabras de un ausente" (Ed. Emece, 2010, pag.4 y ss) afirma haber dejado su país "en busca de atacar la política de su gobierno, cuando ese gobierno castigaba el ejercicio de toda libertad necesaria, como crimen de traición a la patria" y agrega (id. pag.8) "yo salí de Buenos Aires por odio a su gobierno, cuando....era el de Rosas. Odiar ese gobierno significaba entonces amar a Buenos Aires.....ausentarse del país tiranizado, era entonces dar pruebas de su amor a la libertad....Yo salía para atacar desde Montevideo la tiranía de que era presa BA....".-
El mismo Alberdi, en sus "Palabras de un ausente" (Ed. Emece, 2010, pag.4 y ss) afirma haber dejado su país "en busca de atacar la política de su gobierno, cuando ese gobierno castigaba el ejercicio de toda libertad necesaria, como crimen de traición a la patria" y agrega (id. pag.8) "yo salí de Buenos Aires por odio a su gobierno, cuando....era el de Rosas. Odiar ese gobierno significaba entonces amar a Buenos Aires.....ausentarse del país tiranizado, era entonces dar pruebas de su amor a la libertad....Yo salía para atacar desde Montevideo la tiranía de que era presa BA....".-
Antes de ausentarse, había escrito un ensayo de filosofía legal, único escrito de neto corte jurídico que vio la luz en su país, titulado ““Fragmento preliminar al estudio del derecho”” que algunos han considerado erróneamente como su “tesis doctoral cuando se graduó de doctor en jurisprudencia en la Universidad de Buenos Aires”, (vb. Amadeo Soler, “Alberdi y la Facultad de Derecho", en Estudios sobre Alberdi, pag. 210/13) lo cual sabemos que es absolutamente inexacto por cuanto no existió tal tesis ni graduación como ya se ha visto, en tanto el mismo autor aclara que “debe ser considerado como una obra redactada en cumplimiento de los fines democráticos propuestos por los componentes de la asociación Joven Generación Argentina”.-
La primera edición del trabajo mencionado aparece en enero de 1837 editado por la imprenta “La Libertad” y está dedicada como “homenaje de reconocimiento “al exmo. Sr. Gobernador y Capitan general de la provincia de Tucumán D. Alejandro Heredia, Brigadier General, Protector de la Provincias de Salta, Jujuy y Catamarca, General en Jefe del Ejército Argentino Confederado”-
Como prefacio el autor nos hace saber que “ensayaba una exposición elemental de nuestra legislación civil, conforme a un plan que el público ha visto enunciado en un prospecto y no podía dar un solo paso sin sentir la necesidad de una concepción neta de la naturaleza filosófica del derecho, de los hechos morales que debían sostenerle, de su constitución positiva y científica. Me fue preciso interrumpir aquel primer estudio, para entregarme enteramente a este último”.-
Agrega luego “no se crea…que este libro nos resume completamente: hacemos un ensayo, no un testamento. Comenzamos una vida que tenemos tiempo de revelar mas completamente por ulteriores datos….Nosotros no somos abogados, no somos jueces, no somos maestros, no somos nada todavía. No estamos pues obligados a saberlo todo. Somos aun escueleros (sic por estudiantes). La ignorancia nos pertenece. Escribimos para aprender, no para enseñar, por que escribir, es muchas veces estudiar…”.-
Mayer expresa que la obra fijaba las ideas políticas y jurídicas de la nueva generación y a pesar de la precocidad del autor, es su inicial y mejor exposición. Contiene en germen la mayor parte de las ideas que desenvolvería año tras año, con flexible consecuencia, el programa de los trabajos futuros de la inteligencia argentina.-
En cambio Oliver, siempre agudo y crítico lo califica de “mamotreto desordenado y tedioso, carente de cualquier valor filosófico o jurídico sin mas disculpa que deberse a un estudiante que lo compuso con sus apuntes de clase. Su publicación no tuvo otra mira que atraer sobre sí la atención del Dictador, a cuyo objeto no le escatimó loas y justificaciones filosóficas como no se habría atrevido a hacerlo el más consecuente de sus esbirros. Lo hace a través de la primera parte o prefacio, mas extensa que lo que resta o sea dogmática, de fondo pero que es en definitiva la única cuya lectura guarda cierto interés por referirse a aspectos locales” (conf. op. cit., pag.79).-
Los párrafos laudatorios que dedica a Rosas fueron acerbamente criticados en Montevideo, entre otros por el joven Andrés Lamas y por Riverra Indarte lo cual derivó en réplicas tanto del autor como de Miguel Cané, tratando de justificar en conveniencias del momento tales contradicciones con la actuación posterior del primero, que adhirió y colaboró con el General Lavalle en calidad de secretario en la preparación de la invasión que propiciaron los emigrados a su país, con el auxilio de la flota francesa, que a la postre terminó en un rotundo fracaso, jalonado por sucesivas derrotas militares y la trágica muerte del conductor militar mencionado en un confuso episodio ocurrido en la ciudad de Jujuy en momentos en que trataba de evadir la tenaz persecución a que era sometido por sus enemigos victoriosos.-
Aprovecha Alberdi su estadía en el vecino país para retomar los estudios en los cursos que brindaba la “Academia de Jurisprudencia” oriental, presidida por Gabriel Ocampo en cuyo claustro figuraban Manuel Bonifacio Gallardo, Pedro Somellera, Alejo Villegas, Francisco Antuña y Miguel Cané, la cual en su sesión del día 23 de Mayo de 1840, al par que la provincia de Tucumán se pronunciaba en contra de Rosas, le acordaba el título de abogado, y “El Nacional” le deseaba “en su nueva carrera, el acierto y el éxito que ha tenido en sus anteriores trabajos literarios”.-
De allí en mas se dedica al periodismo y al ejercicio profesional en el estudio que abre en la calle San Diego nº 35 donde tuvo varias actuaciones destacadas en juicios de resonancia que alcanzaron repercusión en la prensa y en la opinión pública del vecino país .-
Dice Cabral Texo (op.cit., pag.25) que “la actuación de Alberdi como abogado en Montevideo fue breve pero intensa, aunque no de la magnitud de la tarea profesional que desarrollará mas tarde en Chile”.-
Poco tiempo permaneció allí, toda vez que ante el empeoramiento de la situación política de los emigrados como consecuencia del fracaso de Lavalle y de la derrota sufrida por la insurrección del sur de la provincia se produjo el avance de las fuerzas de Oribe sobre la Banda Oriental, apoyado por Rosas que culminó con el sitio de la ciudad de Montevideo en febrero de 1843, situación que habría de prolongarse durante nueve años para finalizar recién cuando Urquiza al pronunciarse contra Rosas en 1851 acude en su auxilio, liberándola del cerco que la aprisionaba.-
Frente a dicho panorama Alberdi, que no se había embarcado con Lavalle, decide abandonar el país que lo cobijara con rumbo a Europa y cuenta en su memoria que “ante esta perspectiva Gutierrez,(Juan María) que era argentino, sin vínculo alguno obligatorio con el gobierno de Montevideo, no creyó violar ningún deber al ausentarse de esa plaza, en compañía de su amigo, el que esto escribe…El General Pacheco y Obes había impuesto penas terribles contra todo infractor de la absoluta prohibición de salir de la plaza sitiada, por mar y tierra. Una estratagema feliz vino a proteger la seguridad de nuestra salida, que debimos a la influencia generosa de Madame de Mendeville ( su amiga Mariquita Sanchez ). Mezclados a un grupo de oficiales de la marina francesa que pasó en su casa la “soiree” nos trasladamos a una fragata de guerra de su escuadra fondeada en el puerto, sin ser apercibidos ni molestados por nadie. De allí nos trasladamos al Eden, que nos tomó para Italia, a los dos días”.-
Esta “fuga o deserción,” como la llama Oliver, que se concretara el 6 de abril de 1843, en violación a las disposiciones de guerra del sitio le acarrearon no ser readmitido en Montevideo a su vuelta de Europa, y provocó severas críticas de sus compañeros de generación como resulta de la carta fuertemente descalificatoria de Luis C. Domínguez, casado con Ana Cané, hermana menor de Miguel, dirigida a Félix Frías, que transcribe en las pags.188/90 de su obra el autor citado.-
Ya de regreso, y previa escala en Rio decide afincarse en Chile hacia donde se embarca en el velero inglés Benjamín Hort, pisando tierra chilena el 15 de abril de 1844, luego de un azaroso viaje que casi termina en naufragio.-
Una vez allí y con la finalidad de obtener la revalida de su título, luego de haber rendido todos los examenes y cumplido los requisitos prevenidos por la Universidad trasandina obtuvo el grado de licenciado en ciencias políticas, que le fue conferido por el rector Andrés Bello en la sesión del consejo del día 16 de Noviembre de 1844, visto lo cual el interesado requirió se lo examinara sobre práctica forense, para lo cual se le fijo fecha y tribunal examinador el cual dictaminó que reunía la aptitud suficiente para desempeñar el oficio, por lo que el día 26 de Diciembre del mismo año la Corte de Apelaciones, hallándose reunida en acuerdo ordinario hizo comparecer al interesado, le tomó en la forma de estilo la relación de la causa que se le señaló y concluida la exposición le hizo exponer las doctrinas que hablan a favor y en contra del reo y dio su parecer respondiendo a varias preguntas que se le hicieron habiendo dado la competente satisfacción de ellas lo que determinó que se le recibiera el juramento acostumbrado y se le diera asiento en los estrados a la hora de audiencia pública con lo cual quedó recibido al uso y ejercicio de la profesión de abogado conforme a lo preceptuado en el auto acordado de 26 de marzo de 1778, según constancia del expediente que en el apéndice de su trabajo hace constar Cabral Texo.-
Entre los trabajos que fueron necesarios para alcanzar tal objetivo debió presentar una tesis sobre un tema que le fuera propuesto por quién sería su examinador, el Dr. Pedro Palazuelos Astuburuaga, publicista y militante católico al que había conocido en París, la cual versó sobre “La conveniencia y objeto de un Congreso General Americano”, que fue leída el 27 de Noviembre de 1844 en la facultad de Leyes de la Universidad de Chile.-
Además de los datos mencionados el autor Juan Pablo Oliver agrega que “aquella memoria merece especial atención pues, además de la vigencia de su tema, constituye el mas elogiable de todos los escritos salidos de la pluma de JBA…”
Entre otras cosas el insigne tucumano expone que tocaría al proyectado Congreso comenzar por reagrupar y uniformar la legislación de las grandes regiones, Norte, Pacífico y Atlántico lo que desembocaría en una “Asociación Continental”, como complemento natural de su revolución emancipadora facilitada “por la uniformidad de nuestras lenguas, leyes, creencias y usos”. Aconseja atribuir así a la “Corte Conciliadora Americana” amplias facultades de sanción e intervención para quienes violaren los principios comunes.-
Después de aquellos objetivos esenciales tocaría al Congreso reglamentar el Derecho marítimo común y el tráfico fluvial a toda bandera hispanoamericana y con ciertas limitaciones para las demás.-
Expone que “la unión continental de comercio debe pues comprender la uniformidad aduanera, organizándose poco mas o menos sobre el pie de la que ha dado principios después de 1830 en Alemania y tiene a volverse europea. En ella debe comprenderse la abolición de las aduanas interiores, ya sean provinciales, ya nacionales, dejando solamente la aduana marítima o exterior. Hacer el Estatuto Americano y permanente, la uniformidad de monedas, de pesas y medidas que hemos heredado de España..-
Propicia asimismo la unificación del derecho comercial, expedir patentes de invención comunes, establecer bancos y establecimientos de crédito público continental, formalizar la de las letras y vales de comercio, que vendrían a convertirse en un papel moneda americano.-
Según refiere el autor mencionado, esa memoria verdaderamente excepcional lo muestra anheloso de una política exterior común frente al extranjero, fundamentada en la comunidad de origen, lengua, religión y tradiciones, vale decir, de los elementos constitutivos de una misma y grande nación de hecho, aún cuando desunida de derecho en varios Estados, prohijando la resistencia mancomunada hispanoamericana contra la economía europea, adelantándose en muchos años al MERCOSUR y al proyecto de “Unión Americana” recientemente suscripto.-
Como lo había hecho en Montevideo se dedicó al periodismo y a su profesión, consiguiendo una defensa de resonancia en el caso “Peña, incoado por el asesinato del acaudalado ciudadano chileno Manuel Cifuentes que había abusado de la hija del imputado y aún cuando no lo pudo salvar del cadalso adquirió notable popularidad por sus escritos y alegatos un tanto folletinescos, lo que le valió una gran publicidad que al poco tiempo se vio reflejada en la oferta de ingresar en el acreditado estudio del Dr.Gabriel Ocampo, de origen riojano y emparentado con la alta magistratura local, siendo hijo del mariscal Francisco Ortiz de Ocampo, de actuación durante la primera junta de gobierno en Argentina, quién pronto le encomendó la atención de su pleitos ante los tribunales de primera instancia de Valparaiso, puerto de creciente prosperidad, donde se radicó en 1846 y vivió hasta 185l, favorecido por una nutrida clientela de ricos comerciantes y empresas la mayoría de origen anglosajón, entre los que se destacaron Mr. William Wheelright, de quien ulteriormente será biógrafo, y defendiera sus intereses en múltiples empresas, entre ellas las ferroviarias, rubro que luego también explotaría el mencionado en territorio rioplatense.-
Allí adquirió una propiedad, la casa quinta “Las Delicias” donde escribiría en 1852 sus célebres “Bases” y otras obras que configuran su prolífica producción literaria, que alcanzó en sus obras completas” a reunir 8 gruesos volúmenes a los que corresponde sumar los 16 de las denominadas "póstumas”, la mayoría de las cuales se redactaron en Francia y fueron dadas a conocer por su hijo, luego de su fallecimiento, contraviniendo la expresa voluntad de su padre expresada en su testamento.-
Luego de la caída de Rosas fue designado enviado extraordinario de la Confederación ante las cortes europeas, destino hacia el cual partió el 15 de Abril de 1855 dedicándose a la vida diplomática hasta el año 1862 en que luego de la polémica derrota de Urquiza en Pavón, asume la Presidencia Mitre, su enemigo natural al que había criticado ácidamente en varias publicaciones, especialmente en las obras “El crimen de la Guerra” “y ““Pequeños Hombres del Plata”. No obstante ello siguió viviendo en Europa donde arrendaba un confortable piso en el centro de París y una residencia campestre en la región de Calvados, Normandía.-
En 1878 fue elegido diputado por la Provincia de Tucumán al Congreso Nacional y vuelve al país luego de 40 años de ausencia desembarcando en Buenos Aires, previa escala en Montevideo, el 16 de setiembre de 1879, donde asistiría como integrante de la legislatura a los hechos de 1880 de los que resultó la capitalización de la ciudad, como consecuencia del conflicto suscitado entre el entonces presidente Avellaneda y Carlos Tejedor con motivo de las elecciones presidenciales en que resultara electo para suceder al primero Julio Argentino Roca.-
Durante su estadía el decano de la Facultad de Derecho, Dr.Sixto Villegas le comunicó su designación de miembro honorario invitándolo a presidir una colación de grados, donde, por no poder leer su discurso, lo hizo en su lugar un joven graduado designado al efecto, que fue Martín García Merou quien luego escribiría una biografía del prócer. En aquella ocasión la disertación versó sobre el tema ““La omnipotencia del Estado es la negación de la libertad individual”” donde en síntesis condenaba cualquier actividad del estado que no fuera la de mantener el orden policial y efectuaba una encendida defensa de la actividad privada.-
El nuevo presidente dispuso la edición de la obras completas, lo que fue acerbamente criticado por Mitre, logrando posponer la decisión, a lo que se agregó que también se opuso a una nueva designación como diplomático, obteniendo que el senado no avalara la propuesta de su nombramiento.-
Decepcionado, a fines de 1881 volvió a exilarse en Europa como simple particular, radicándose en París donde falleció en una clínica del barrio de Neully-Sur-Seine, el 19 de julio de l884, a los 74 años de edad, habiendo sido sus restos sepultados en el cementerio de dicha localidad y luego repatriados, para ser depositados en un mausoleo de la Recoleta, lugar desde el cual fueron llevados a su provincia natal donde actualmente descansan en un nicho especialmente construido en su memoria sito en la casa de gobierno de la capital provincial.-.-
Había otorgado su testamento el día 20 de Junio de 1884 ante el Cónsul de la Republica Argentina en aquella ciudad, don Otto Bemberg donde se declara católico de religión, de estado soltero, no teniendo herederos forzosos y estando en perfecta salud y disponía entre otras cosas que todos sus papeles que no sean meramente documentales se destruyan y quemen absolutamente, sin permitir la publicación de ningún autógrafo o manuscrito inédito “porque nada dejo escrito para ver la luz después de mis días”, mandato que no fue cumplido.-
También llama la atención que no reconociera la paternidad sobre su hijo Manuel, al que hace legatario de diez mil pesos, identificándolo como “su pariente”.-
Lo precedentemente expuesto no tiene otro objeto que indagar sobre un aspecto que quizá no sea el mas conocido de la trayectoria alberdiana, que provee de tantos elementos propicios para el debate y discusión ya que el protagonista y su obra son tan frecuentemente mencionados y citados, en tanto los pormenores de su vida son prácticamente desconocidos y de su prolífica obra, resulta dificultoso encontrar quién haya leído en su totalidad siquiera “las “Bases””, que es su producción mas conocida, siendo prácticamente ignorados los contenidos de sus otros escritos y publicaciones.-
También he deseado que estos apuntes sirvan para reflexionar sobre lo paradójico que resulta que entre tantos abogados históricos y contemporáneos de indudable valía y mérito, entre los cuales se me ocurre por mencionar solo a uno, a Dalmacio Vélez Sarsfield, doctorado en ambos derechos en nuestro país en el cual ejerció la mayor parte de su vida su profesión y elaboró dos de sus Códigos, que justamente se eligiera para festejar el día de los letrados a quién no lo fue ni ejerció tal profesión en su propia tierra, en la que solo obtuvo de forma notoriamente irregular un bachillerato no habilitante para ejercer, sin despreciar el mérito que tienen sus escritos y trabajos realizados en el extranjero, ya que su actividad se diversificó en innumerables direcciones entre las cuales el ejercicio de la misma que es lo que tiende a destacar el recordatorio, no resulta por cierto la actividad mas trascendente, por cuanto la labor profesional, desarrollada íntegramente fuera de su patria, resultó a la postre diluida entre la actividad periodística, la actuación política, la tarea diplomática y los escritos de todo tipo elaborados como vibrante polemista frente a quienes se le oponían o criticaban sus ideas, tal como sucedió con Sarmiento en una sonada disputa desencadenada a raíz de la crítica de este ultimo a Urquiza a quién defendía Alberdi, que se vio reflejada en un ácido intercambio epistolar, en el cual el sanjuanino dice de su contrincante en su réplica conocida como "Las ciento y una": "en Buenos Aires no lo consultaron nunca y no lo reconocen hoy otra cosa que escritor de periodiquines, La Moda, Figarillo, compositor de minuetos, templador de pianos, que era su ganapan, antes de hacerse abogado en Montevideo" y agrega dirigiéndose a su adversario:"Vd. tiene, Alberdi, un título que es también un ambo en la lotería de la vida, abogado de Montevideo y Chile, pero en su patria no es doctor, ni licenciado, ni abogado siquiera, y cuando vaya tendrá que rendir exámenes públicos para recibirse" .-
Sin duda Alberdi se destaca por su contribución a la formación de nuestro derecho constitucional, pero resulta inexistente su labor profesional como litigante o como jurista en otros campos del derecho, en los que incursionó esporádicamente, siendo la mayoría de sus obras de neto contenido político, por lo que bien su onomástico podría servir de utilidad para homenajear a nuestra ajetreada constitución, que pese a sus modificaciones sigue en su esencia siendo la que diseñaron nuestros constituyentes de 1853.-
* El autor fue funcionario y magistrado judicial y profesor adjunto de la materia “Historia del Derecho Argentino” en la carrera de Abogacía de la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María del Buen Aire, cargo que también desempeñó en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales dependiente de la UBA.-
BIBLIOGRAFIA
ALBERDI, Juan Bautista, “Mi vida privada (Autobiografía)”, Ediciones Jackson, sin fecha.-
CABRAL TEXO, Jorge, “Noticia preliminar”, en “Fragmento Preliminar al Estudio del Derecho” por Juan Bautista Alberdi, edición facsimilar, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Instituto de Historia del Derecho Argentino, Buenos Aires, 1942.-
DAMIANOVICH, Alejandro, “Abogacía y abogados en la época de la Constitución Nacional”. Conferencia pronunciada en el Colegio de Abogados de Santa Fe, www,casf.com.ar/publicaciones/abogacia.htm.-
ESTUDIOS SOBRE ALBERDI, varios autores, Ediciones de la Municipalidad, Buenos Aires, 1964.-
GARCIA MEROU, Martín, “Alberdi”, ensayo crítico, Ediciones Rosso, colección grandes obras nacionales, sin fecha.-
MAYER, Jorge M., “Alberdi y su tiempo”, EUDEBA, 1963.-
OLIVER, Juan Pablo, “El verdadero Alberdi”, Biblioteca Dictio, Sección Historia, vol.3, Buenos Aires, 1977.-
VILLANUEVA NORRI, Manuel, “Documentos Históricos del Dr.Juan B. Alberdi”, Editorial Juventud, Buenos Aires, 1960.-
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